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Tres causales: un debate de derechos con dilema entre vida y muerte

Al preguntar a siete mujeres si mantendrían un embarazo fruto de una violación sexual, cinco se inclinaron hacia una posible conservación, aunque condicionada al estado de ánimo y dos adelantan un “no” rotundo, convencidas de que abortarían sin pensarlo.

“Depende del estado emocional en que quede”, dice una. Otra expresa que lo pensaría amparada en una voluntad divina. Otra alumbraría el bebé para darlo en adopción, aunque si quedara poco traumatizada, tal vez se lo quedaría. “Considero que ese niño no tiene la culpa de lo que pasó, y como todo ser humano, tiene derecho a vivir”, comenta otra. “Yo no abortaría”, dice la quinta, pero la otra sentencia: “Yo aborto seguro”.

Sin embargo, todas coinciden en que la decisión debe ser tomada por la mujer y que nadie debería obligarlas a parir, evidenciando la poca sujeción a las leyes dominicanas que castigan la práctica del aborto bajo cualquier circunstancia.

“Obligarme a parir es de una dictadura y eso no puede ser”, comenta una de ellas, mientras otra expresa que el Estado ni nadie puede obligarla a tener un bebé.

La demanda, que encuentra de frente a sectores que ven el aborto como un crimen, independientemente de las circunstancias, vuelve a hacer incidencia pública en momentos en que el Congreso Nacional discute la modificación del Código Penal Dominicano.

Con la experiencia de que las tres causales fueron motivo del veto presidencial en las últimas ocasiones en que los legisladores llegaron a aprobar una reforma al Código Penal Dominicano, algunos congresistas se inclinan por la opción de que la despenalización del aborto en esas circunstancias se establezca mediante una ley especial, pero esta propuesta también genera rechazo.

El más reciente plantón lo armaron, desde la noche del jueves 11 de marzo y frente al Palacio Nacional, grupos que demandan aprobar las tres causales dentro de la ley penal y no en una legislación especial, como proponen algunos congresistas. Los manifestantes, incluidos funcionarios del Gobierno y representantes de grupos feministas, incluyen entre sus consignas: “Las tres causales van, porque en 2020 hubo 290 incestos.

El dato parte de las estadísticas del Ministerio Público que ese año registró 5,227 delitos sexuales en todo el país, de los que 1,028 fueron violación sexual, más los 290 incestos. En 2019 hubo 1,403 casos de violación sexual y 436 incestos.

Las estadísticas no detallan en cuántos de esos casos hubo un embarazo como consecuencia. Sin embargo, algunos casos se conocen en los medios.

El 6 de noviembre de 2020, la Procuraduría General de la República informó la prisión preventiva dictada a un hombre que violó y embarazó a una niña de 10 años de edad, en la provincia Independencia.

Luego, el 18 de diciembre de ese mismo año, informó de la condena de 20 años a un hombre que violó y embarazó a su hija de 16 años, en San José de Ocoa. El pasado 23 de febrero comunicó la sentencia, también de 20 años, a un hombre que violó y embarazó a su sobrina de 14 años, en Santo Domingo Este; y el día 26 otra condena similar contra un hombre que embarazó a su hijastra en Santiago.

“Una persona violada es una persona agredida y tiene que tener el derecho a decidir si quiere o no continuar con ese embarazo que no es su decisión, sino producto de una violación”, indica Lilliam Fondeur, reputada ginecóloga y directora de la Oficina de Equidad y Género del Ministerio de Salud Pública, quien aboga por la despenalización de las tres causales.

Desde la otra acera, en contra del aborto en cualquier circunstancia, Zaida Lagares, abogada y directora ejecutiva de la Fundación Palabra & Vida, entiende que no se debe ocultar un problema social creando otro mayor y que la sociedad lo que debe preguntarse es cuándo poner atención a las causas de esa violación e incesto, tales como la inseguridad, hacinamiento, pobreza o falta de educación.

La Fundación Palabra & Vida, una organización de la Iglesia Católica presidida por el obispo de Baní, Victor Masalles, promueve, entre otras cosas, la defensa de la vida y la familia.

En cuanto al aborto por peligro en la vida de la madre, la médico Fondeur plantea que la embarazada está expuesta a complicaciones como la cardiopatía sistémica compleja, descompensada; insuficiencia renal descompensada, lupus, cáncer, entre otras patologías, cuyo tratamiento en ocasiones tienen que posponerse, poniendo en riesgo la vida de la mujer.

Pero Lagares considera que cada vez es más “extraña la escena de cine y telenovela” de escoger entre la madre y su hijo, y que, si durante el embarazo resultase urgente aplicar un tratamiento que pudiera poner en riesgo la vida de la criatura (por ejemplo, una quimioterapia), si no hay otra opción, la madre puede recibirlo, intentando el médico salvar las dos vidas.

“En el lamentable caso de que como consecuencia del tratamiento falleciera el feto por ser el más débil, esto no sería punible para el médico ni para la madre, pues no habrá sido un atentado directo hacia la vida del bebé”, dice.

El choque de posturas entre Fondeur y Lagares refleja parte de los debates que por años se han sucedido en el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo, manteniendo el tranque para que se apruebe la ley penal.

“Si sacamos las tres causales, el Código Penal podemos analizarlo tranquilo y aprobar (la ley especial) o desaprobarla, en función de lo que decidan los legisladores”, considera Rubén Maldonado, diputado por el partido Fuerza del Pueblo y proponente de la ley especial que se conoce actualmente en el Congreso.

Con la iniciativa, que perimió en el Congreso en 2018 y que volvió a introducir en la actual legislatura, busca la despenalización de las tres causales, pero además destrabar la aprobación del Código Penal Dominicano, dice.

El proyecto de ley especial tiene por objeto “garantizar el derecho fundamental a la dignidad humana y a la privacidad de la mujer en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, reglamentar las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las obligaciones y responsabilidades de las entidades públicas que les corresponda intervenir”.

La iniciativa, que como ley orgánica requiere el voto favorable de dos terceras partes de los legisladores presentes, plantea que el Estado debe garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en las condiciones que determine la ley, tales como: que se lleve a cabo por un médico especialista o bajo su dirección; que se realice en un centro sanitario público o privado acreditado por el Ministerio de Salud, y que la mujer exprese su consentimiento por escrito o a través de un representante legal, aunque se puede prescindir de ese consentimiento en caso de riesgo grave inmediato para la mujer.

Platea que la interrupción del embarazo por causas médicas tiene como requisito el diagnostico de un especialista, con anterioridad al procedimiento y que sea un médico distinto al que practique el aborto. Cuando sea por violación e incesto, procederá si la víctima o su representante legal lo ha denunciado dentro de las dos semanas de haber ocurrido la violación y los profesionales de la salud tienen derecho a la objeción de conciencia. En todos los casos, se establece un máximo de 12 semanas para que proceda el aborto.

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Maldonado recuerda que el Código Penal tiene más de 100 años y que su modificación no se ha podido aprobar, pese a que en 1996 el entonces presidente Leonel Fernández introdujo una propuesta con esos fines al Congreso Nacional.

El Código Penal vigente data de 1844 y, en sus artículos del 107 al 110, establece penas de uno a dos años de prisión menor para quienes se practiquen o ayuden a practicar un aborto. Para los profesionales de la salud, como médicos o enfermeras, esas penas son de cuatro a diez años.

En 2006 el Congreso aprobó un proyecto de modificación del Código Penal, pero fue vetado por el expresidente Fernández, quien argumentó que debía incluirse las tres causales como excepción a la penalidad.

Para 2014, los congresistas volvieron a aprobar un proyecto de Código Penal que también fue vetado por Danilo Medina, presidente en ese momento, debido a que no se incluyeron las excepciones al aborto.

Actualmente, comisiones especiales de la Cámara de Diputados y del Senado estudian un nuevo proyecto de Código Penal, que tendría más de 400 artículos y mantiene la penalización al aborto. La semana pasada de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, que preside Alexis Jiménez, rindió un informe favorable a la modificación del Código, sin incluir las excepciones al aborto que exacerbó los ánimos de los sectores que reclaman el derecho de la mujer a decidir.

Imagen que muestra una de las consignas de la protesta frente al Palacio Nacional, en demanda de la despenalización de las tres causales.
Imagen que muestra una de las consignas de la protesta frente al Palacio Nacional, en demanda de la despenalización de las tres causales. ( )

“Si se aprueba una ley que lo penaliza (el aborto) para entonces hacer una ley especial que lo despenaliza en tres causales, pudiendo inmediatamente dejarlo establecido en la propuesta del Código Penal, ¿no parece extraño?, sobre todo porque son los mismos actores los que aprobarían esa ley”, advierte Fátima Lorenzo, de la Comisión de Género del Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec).

Para su colectivo, de lo que se trata es de un engaño a las mujeres, pues si no hay consenso para que las causales pasen en el Código, tampoco lo habrá para una ley especial. Señala, como escollo adicional, la jerarquía legislativa que existe en el país.

“En el marco legislativo, hay una jerarquía normativa que empieza con la Constitución, los pactos internacionales, las leyes adjetivas que regulan derechos fundamentales, como el Código Penal. Y, si la ley penal que es una ley de mayor jerarquía, lo sanciona (el aborto), la ley especial que se apruebe, en el mejor de los casos, tendría que derogar ese artículo de la ley penal”, señala Lorenzo, que califica de absurdo lo que plantean algunos congresistas.

Pero el jurista Ramón Núñez entiende que el país está lleno de leyes especiales que regulan diversas materias y cuya única limitante es la que imponga la Constitución. Para el abogado, el que una ley especial para las causales contradiga al Código Penal ”no es argumento de inconstitucionalidad recibible”.

“A veces, incluso, llegan muertas”

Lilliam Fondeur entienden que la penalización del aborto permite la clandestinidad de un procedimiento que lleva a incrementar la mortalidad materna en el país, además de vulnerar los derechos de la mujer sobre su cuerpo y a la salud. Aclara que, con la despenalización de las causales no se está obligando a nadie a abortar, que lo que se busca es que no se castigue a quienes así lo decidan en las condiciones ya planteadas.

También recuerda que las excepciones se proponen para embarazos de hasta doce semanas, cuando médicamente se habla de embrión, no de feto. “El derecho del producto de la concepción existe si la mujer vive, si la mujer no vive, el producto de la concepción muere, entonces, no es que una vida está por encima de la otra, es que una vida depende de la otra. Y no puede ser al revés. No puede ser que se priorice al producto de la concepción, que de todas formas va a morir”, cuestiona.

Pero Lagares, que cree que detrás de la despenalización se mueve un negocio, y que los derechos tienen límites, considera que la legalización del aborto contrario a ofrecer ´libertad´, crea condiciones de violencia estructural sobre la mujer para que aborte, que no existirían si el aborto no fuese legal. “Muchas mujeres terminarán abortando presionadas por un entorno que solo les ofrece esa ´solución´ a sus problemas”, dice.

Advierte que los derechos tienen límites donde empiezan los del otro y que las leyes deben proteger al más débil. Duda del impacto de los abortos clandestinos por la falta de evidencia, “no podemos conocer la dimensión de lo que se hace clandestinamente”, dice.

Insiste en que una legalización de las causales del aborto contribuirá a aumentarlos, mientras la penalización los disminuye.

Grupos que rechazan la despenalización del aborto durante una protesta frente al Congreso Nacional el pasado 20 de febrero de 2021.
Grupos que rechazan la despenalización del aborto durante una protesta frente al Congreso Nacional el pasado 20 de febrero de 2021. ( )

La funcionaria Fondeur no cree que haya incremento o disminución en función de si es legal o no, pues por experiencia en el campo de la ginecología sabe que cuando una mujer decide abortar, lo hace independientemente de su condición legal.

“Entonces, ponen en riesgo su vida y muchas llegan al hospital con el aborto en curso. Es difícil que un hospital interrumpa un embarazo, pero ellas llegan con el aborto incompleto, utilizando las técnicas que puedan, desde medicamentos que son muy costosos, hasta herramientas rudimentarias. Muchas veces llegan con el útero perforado, con una septicemia… no tienes idea de cómo llegan, a veces, incluso, llegan muertas”.

El país carece de datos exactos sobre la cantidad de abortos que se practican a nivel general, pero el Servicio Nacional de Salud registró en 2019 un total de 15,473, la gran mayoría en la zona metropolitana.

Las cifras solo abarcan los casos de las mujeres que acudieron a centros de salud pública, sin considerar a los centros privados o clandestinos. Tampoco se dan detalles sobre las motivaciones que llevaron a los médicos a realizar dicho procedimiento.

Santo Domingo concentra la mayor cantidad de casos, con 4,654. En esta demarcación está ubicado el centro de salud con más cantidad: el hospital materno infantil San Lorenzo de Los Mina, donde el año pasado se realizaron 1,485 abortos, para un 9 % del total.

En segundo lugar está San Cristóbal con 1,486 registros, seguido de Santiago con 1,090 y el Distrito Nacional con 968.

El Ministerio de Salud Pública, en el documento “Alianza nacional para acelerar la reducción de la mortalidad materna e infantil”, plantea que “no obstante la prohibición del aborto, estos se realizan generalmente en condiciones inseguras; situación que afecta principalmente a las mujeres en condiciones de mayor pobreza y vulnerabilidad social”.

Destaca que la gran mayoría de las muertes maternas continúan ocurriendo por causas obstétricas directas que oscilaron en un 73 % entre 2013 y 2017, siendo los trastornos hipertensivos, las hemorragias, las sepsis, complicaciones del aborto y las complicaciones del puerperio las principales causas dentro de este tipo. A las complicaciones del aborto se atribuye el 9 % de las muertes maternas ocurridas en 2017.

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En 2016, un estudio realizado por Profamilia a una muestra de estudiantes universitarias, encontró que el 23 % de las que dijo haberse inducido un aborto, tuvo problemas de salud.

En general, el 12.1 % de las universitarias entrevistadas para el estudio dijo haber tenido algún aborto, un porcentaje que superaba el 9.8 % de incidencia que registró la Encuesta Demográfica y de Salud (ENDESA) 2013.

De 295 estudiantes que dijeron haber tenido un aborto, 126 afirmaron que, en su caso, se trató de un aborto inducido, y entre los métodoos más usados fueron la ingesta de medicamentos abortivos como el Citotec (50.8%); en segundo lugar, reportan las intervenciones en un centro de salud (24.6%) y en tercer lugar la toma de productos naturales destinados a estos fines en su propia casa (18.3%)”.

Señala también que el proceso de aborto se inicia regularmente en la casa de la mujer (61.9%), el 15.1% se da en un centro de salud desde el principio, y un 11.1% se inicia en la casa y termina en un centro de salud.

La Organización Panamericana de la Salud (OPS) señala que en América Latina el número estimado de abortos era de 4.4 millones al 2008, para una tasa de 32 por cada 1,000. También indicaba que ocurren 3.7 millones de abortos ocultos y que la mitad corresponde a mujeres de 20 a 29 años y 14 % de hasta 19 años.

En marzo de 2018, una publicación del Instituto Guttmacher señalaba que durante 2010-2014, hubo un estimado de 6.5 millones de abortos inducidos cada año en América Latina y el Caribe.

Según datos de las Naciones Unidas, en la región, solo República Dominicana, El Salvador y Honduras, penalizan el aborto bajo cualquier circunstancia. El número sube a cinco a nivel mundial sumando al Vaticano y Malta.

En El Salvador destaca el caso de Evelyn Hernández, una estudiante que a sus 18 años fue abusada sexualmente durante meses por un pandillero. Producto la violación quedó embarazada y luego tuvo un sangrado que terminaría en un aborto espontáneo, conforme ha narrado la familia a medios internacionales.

En 2017, la mujer fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado en perjuicio de su hijo, aunque en 2019 un juez decidió absorberla, pero la fiscalía de ese país decidió apelar la decisión, alegando tener pruebas de que en la casa se encontró una placenta enterrada y de que la joven sostuvo relaciones sexuales voluntarias. Pedía penas de 40 años de prisión para la mujer.

En República Dominicana el caso más emblemático fue el de Rosaura Almonte, conocida como Esperancita, una adolescente de 16 años, paciente de cáncer y embarazada, que murió en 2012.

De acuerdo con la denuncia de la familia, la joven no recibió tratamiento a tiempo de quimioterapia, porque se priorizó su embarazo y, en busca de que se haga justicia, la madre de la joven acudió ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien admitió la solicitud de la madre para que se investigue la muerte de su hija.

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